Radar de Iniciativas Colaborativas

Estado de avance

Finalizado

Nombre del anteproyecto

 Declaración Minera – DM 

Iniciativa Colaborada por:

Foco del Anteproyecto

Desarrollo y Fortalecimiento de la Pequeña Minería

Descripción

Para dar cumplimiento al mandato Presidencial, que instruye la modificación al DSNº30, para que los productores de menos a 1.000 toneladas mensuales, solo tengan que presentar los datos relevantes del proyecto de la faena y un plan de seguridad, para el inicio de nuevos proyectos mineros.

Estado Actual

Su tramitación y obtención de la resolución que lo aprueba se puede realizar a través de la Ventanilla Minera o en sitio web de Sernageomin.

A septiembre 2024, se han presentado 607 declaraciones mineras a nivel nacional de las cuales 339 han sido aprobadas a nivel nacional. En la región de Atacama se han presentado 228 declaraciones mineras de las cuales 129 han sido aprobadas.

Objetivos y Alcance

Objetivo General:
Diseño e implementación de un trámite simplificado destinado a empresas y productores mineros cuya capacidad de extracción de mineral no exceda las 1.000 toneladas mensuales, que facilite y agilice la regularización de este segmento de la industria minera, permitiendo consolidar en un único trámite el inicio de faena, la aprobación del proyecto de explotación y el proyecto de plan de cierre, garantizando siempre el cumplimiento de los estándares de seguridad.

Objetivos Específicos:
Esta declaración busca beneficios mejorar materias administrativas para la autorización de operación: reducción de tiempos de tramitación; todo en solo trámite; estandarización y simplificación del proceso y reducción de exigencias administrativas. Así también busca beneficiar en la operación tales como: reducción de costos; dinamismo en la producción y medidas de cierre acordadas a la industria.

Alcance:
Cobertura nacional para las empresas o productores mineros cuya capacidad de extracción de mineral sea igual o inferior a mil (1.000) toneladas por mes, que mensualmente no exceda el 25% de producción y que anualmente no supere las doce mil (12.000) toneladas, sin perjuicio de las excepciones establecidas en el artículo 597, para dar cumplimiento al artículo 595 del Reglamento de Seguridad Minera.

Hitos y actividades relevantes

• 9 de abril 2024, se publica la modificación al Reglamento de Seguridad Minera y se pone en marcha la nueva Declaración Minera para la faena de 1.000 toneladas mensuales.

Entidades involucradas

● Ministerio de Minería.

Recursos claves

● Apalancamiento de recursos de las instituciones participantes.

Líder responsable

Jefa de la División de Fomento Minero, Sra. Silvia Soto Venegas